Ago 20, 2026 administrador Locales 0
La Justicia Federal dictó el sobreseimiento y el consiguiente archivo de la causa penal iniciada contra Alfredo “Capi” Rodríguez y Alfredo Moreno, referentes de La Libertad Avanza en la provincia de Chaco, quienes se encontraban bajo la lupa judicial por presuntas irregularidades en la gestión del PAMI y supuestas exigencias indebidas de dinero. De acuerdo con información recabada por medios locales, la resolución recayó tras constatarse la total orfandad probatoria para sostener los cargos formulados contra los dirigentes políticos.
Pericias exhaustivas y medidas de prueba sin hallazgos incriminatorios
La decisión procesal fue firmada por la jueza federal Zunilda Niremperger al término de una extensa instrucción que comprendió la ejecución de múltiples allanamientos, requisas domiciliarias y complejas pericias informáticas y telefónicas sobre las oficinas del PAMI, la delegación local de la ANSES y la agencia de turismo Sakura. Pese al despliegue investigativo, ninguna de las medidas implementadas logró acreditar la existencia de pedidos de coimas ni conductas penalmente reprochables por parte de los imputados.
Uno de los ejes centrales de la pesquisa giraba en torno a los presuntos aportes económicos destinados al espacio político partidario; sin embargo, las declaraciones testimoniales aportadas al expediente confirmaron que las contribuciones se efectuaron de manera voluntaria, descartando cualquier manifestación de violencia, coacción o intimidación. Del mismo modo, la magistrada analizó los cuestionamientos sobre convenios turísticos y supuestas exigencias financieras para la asignación de cápitas, concluyendo que no existieron maniobras ilícitas ni elementos que respalden las denuncias iniciales.
La controversia por las cápitas del Colegio Médico y el cierre del expediente
En cuanto al tramo de la investigación vinculado a unas 7.500 cápitas del Colegio Médico del Chaco, la resolución judicial detalló que el diferendo se originó a partir de auditorías y controles rigurosos implementados por el organismo previsional para constatar el efectivo cumplimiento de las prestaciones médico-asistenciales, situación que derivó en la renuncia de la entidad a aquellas cápitas que no recibían la atención correspondiente. Tras valorar la prueba documental, los testimonios y los informes técnicos, la Justicia determinó la inexistencia del delito de extorsión, cerrando formalmente el sumario al no configurarse ninguna figura delictiva.





















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