Luego de su aprobación el diputado, Livio Gutierrez refirió: “Hablamos de humanidad, ponemos el tema un poco por arriba del protocolo, tiene que ver con las relaciones afectivas de las personas; lo dijo el Conicet la contención humana es una necesidad”.En su articulado establece un Protocolo de Contención Psicoafectiva para pacientes y sus familiares, mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Coronavirus COVID-19, el que se regirá por los siguientes principios:
- El derecho a la contención familiar para cualquier paciente (padezca o no Coronavirus) como para sus familiares debe considerarse un derecho humano.
- Debe privar el principio de humanización en la asistencia al final de la vida de los pacientes en el entorno hospitalario.
- Los familiares de pacientes infectados con Coronavirus COVID-19 graves, tienen derecho a un acceso a la información continua sobre su evolución, así como contención de tipo psicosocial, con profesionales capacitados.
- Debe permitirse, en todo momento, el contacto entre el paciente y sus familiares directos, a través de medios telefónicos o digitales, siempre que el estado de salud del paciente lo permita, en particular garantizando una despedida al final de la vida al paciente terminal de su entorno familiar y/o entorno afectivo.
- En los casos de pacientes infectados con COVID-19, se dispondrá la creación de un “Sendero Libre y Seguro” que comprenderá desde la entrada hasta la salida del establecimiento en que se encuentre internado el paciente, para el acceso de al menos un familiar del mismo, designado por el paciente.
- En los casos de pacientes graves, críticos, y/o con riesgo de muerte, que no tengan Coronavirus, deberá aplicarse un protocolo similar al del inciso e), habilitando al menos a un familiar designado para que brinde la contención afectiva que el paciente necesita, y actúe como nexo entre el paciente y su entorno afectivo.
Luego de su aprobación el diputado, Livio Gutierrez refirió: “Hablamos de humanidad, ponemos el tema un poco por arriba del protocolo, tiene que ver con las relaciones afectivas de las personas; lo dijo el Conicet la contención humana es una necesidad”.
En su articulado establece un Protocolo de Contención Psicoafectiva para pacientes y sus familiares, mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Coronavirus COVID-19, el que se regirá por los siguientes principios:
- El derecho a la contención familiar para cualquier paciente (padezca o no Coronavirus) como para sus familiares debe considerarse un derecho humano.
- Debe privar el principio de humanización en la asistencia al final de la vida de los pacientes en el entorno hospitalario.
- Los familiares de pacientes infectados con Coronavirus COVID-19 graves, tienen derecho a un acceso a la información continua sobre su evolución, así como contención de tipo psicosocial, con profesionales capacitados.
- Debe permitirse, en todo momento, el contacto entre el paciente y sus familiares directos, a través de medios telefónicos o digitales, siempre que el estado de salud del paciente lo permita, en particular garantizando una despedida al final de la vida al paciente terminal de su entorno familiar y/o entorno afectivo.
- En los casos de pacientes infectados con COVID-19, se dispondrá la creación de un “Sendero Libre y Seguro” que comprenderá desde la entrada hasta la salida del establecimiento en que se encuentre internado el paciente, para el acceso de al menos un familiar del mismo, designado por el paciente.
- En los casos de pacientes graves, críticos, y/o con riesgo de muerte, que no tengan Coronavirus, deberá aplicarse un protocolo similar al del inciso e), habilitando al menos a un familiar designado para que brinde la contención afectiva que el paciente necesita, y actúe como nexo entre el paciente y su entorno afectivo.