May 02, 2020 administrador Nacionales 0
En el marco de una serie de medidas económicas que implementó el Gobierno para asistir a familias y empresas, en medio de la pandemia de coronavirus, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló quiénes podrán acceder a los créditos a tasa cero, cómo se deben gestionar y cuándo se cobrarán.
Si bien se esperaba que esta ayuda para mitigar el impacto económico de la cuarentena comenzara a ser otorgada la semana pasada, la medida recién fue pulida y publicada el último jueves a través del Boletín Oficial.
En la Resolución General 4707/2020 se informó cómo será el otorgamiento de los créditos a tasa cero. Los beneficiarios deberán tramitarlo a partir del lunes y hasta el 29 de mayo a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal.
Será el propio sistema el que indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. El mismo tendrá un tope de hasta $ 150.000 a devolver en 18 cuotas, con 6 meses de gracia antes de realizar el primer pago.
Tras completar sus datos, la persona deberá ingresar el importe del crédito que solicita. En caso de poseer, se deberá ingresar el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
Si el beneficiario no cuenta con tarjeta de crédito, se deberá informar a la entidad bancaria la elección para la tramitación del crédito solicitado.
En primer lugar se debe ingresar al servicio web “Crédito Tasa Cero” con clave fiscal en la página del ente recaudador a partir del próximo lunes.
El organismo indicará a cada contribuyente los montos mínimos y máximos del crédito que se te puede otorgar y cada uno tendrá que ingresar el importe del crédito que desea solicitar.
Consecuentemente, el contribuyente tendrá que ingresar los dígitos de su tarjeta de crédito en la que quiera que se acrediten los fondos. En este punto, cabe destacar que quien no cuente con una tarjeta de crédito, deberá informar el banco que elige para gestionar una.
Acto seguido , la AFIP informará al Banco Central si el beneficiario podrá gozar del crédito y los importes de las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo de los tres períodos fiscales siguientes al otorgamiento, para que se sumen a las tres cuotas que va a acreditar el banco en la tarjeta de crédito.
Por último, en el caso que el Banco Central rechace el otorgamiento al beneficiario, el sistema de AFIP va a indicar los motivos por los cuales se deniega la solicitud del crédito.
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